Ley de Montaña: Nueva normativa para el periodo invernal

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El equipamiento de invierno es obligatorio

Tras el decreto de aplicación n°2020-1264 publicado en el Diario Oficial el 16 de octubre de 2020, los prefectos de los 48 departamentos de «montaña» tienen la facultad de imponer la obligatoriedad de equipar los vehículos con neumáticos de invierno, cadenas o calcetines de nieve.

De hecho, para limitar la congestión vehicular en las carreteras de las regiones montañosas y mejorar la seguridad vial, en ciertos municipios será necesario equipar el vehículo con neumáticos de invierno o cadenas para la nieve durante la temporada invernal . El incumplimiento de esta ley puede conllevar sanciones importantes.


¿Cuándo será necesario este equipo?

El decreto entrará en vigor el 1 de noviembre de 2021 y será aplicable para cada período invernal (del 1 de noviembre al 31 de marzo).

  • M+S (Mud&Snow) se tolerarán hasta el 1 de noviembre de 2024.
  • 3PMSF (3 Peak Mountain Snow Flake) serán obligatorios a partir del 1 de noviembre de 2024 (fin del período de transición).

Se concede un período de transición de 3 años únicamente para los neumáticos M+S, es decir, hasta el 1 de noviembre de 2024. A partir de entonces, todos los vehículos afectados que circulen en los municipios designados por los prefectos de los 48 departamentos deberán estar equipados con neumáticos 3PMSF.

El símbolo 3PMSF (copo de nieve de montaña de 3 picos) es fácilmente reconocible: un copo de nieve rodeado de tres picos (y siempre acompañado del logotipo de M+S). El marcado 3PMSF es emitido por un laboratorio certificado, lo que garantiza un rendimiento y una seguridad óptimos en la nieve.



¿Dónde se necesitará este equipo?

¡Casi uno de cada dos departamentos se verá afectado!

De hecho, 48 departamentos franceses deberán implementar esta nueva Ley de Montaña. Sin embargo, la lista exacta de municipios afectados estará sujeta a una decisión prefectural.

Los departamentos interesados ​​son:

Ain, Allier, Alpes de Alta Provenza, Altos Alpes, Alpes Marítimos, Ardèche, Ariège, Aude, Aveyron, Cantal, Corrèze, Côte d'Or, Creuse, Doubs, Drôme, Gard, Alto Garona, Hérault, Isère, Jura, Loira, Alto Loira, Lot, Lozère, Meurthe y Mosela, Mosela, Nièvre, Puy de Dôme, Pirineos Atlánticos, Altos Pirineos, Pirineos Orientales, Bajo Rin, Alto Rin, Ródano, Alto Saona, Saona y Loira, Saboya, Alta Saboya, Tarn, Tarn y Garona, Var, Vaucluse, Alto Vienne, Vosgos, Yonne, Territorio de Belfort, Córcega del Sur y Alta Córcega.



Los vehículos en cuestión

La lista de vehículos amparados por la Ley de Montaña es la siguiente:

  • Para vehículos ligeros, utilitarios y autocaravanas (M1 y N1):
    Obligación de montar 4 neumáticos de invierno O disponer de dispositivos antideslizantes desmontables (cadenas/calcetines) que permitan equipar 2 ruedas motrices.
  • Para autocares, autobuses y vehículos pesados ​​sin remolque ni semirremolque (M2 y M3 y N2 y N3 sin remolque ni semirremolque):
    Obligación de montar neumáticos de invierno en al menos 2 ruedas directrices y 2 ruedas motrices O disponer de cadenas para equipar las 2 ruedas motrices.
  • Para vehículos pesados ​​con remolque o semirremolque (N2 y N3):
    Obligación de disponer de cadenas que permitan equipar al menos 2 ruedas motrices.


Para turismos, vehículos comerciales ligeros y autocaravanas (M1 y N1): Se requieren cuatro neumáticos de invierno O se deben llevar dispositivos antideslizantes extraíbles (cadenas/fundas) para equipar dos ruedas motrices. Para autocares, autobuses y vehículos pesados ​​sin remolque ni semirremolque (M2 y M3 y N2 y N3 sin remolque ni semirremolque): Se deben instalar neumáticos de invierno en al menos dos ruedas directrices y dos ruedas motrices O se deben llevar cadenas para equipar dos ruedas motrices. Para vehículos pesados ​​con remolque o semirremolque (N2 y N3): Se deben llevar cadenas para equipar al menos dos ruedas motrices.


La sanción que se impone por el incumplimiento

El incumplimiento de esta ley puede suponer sanciones: multa de 135 € y riesgo de inmovilización del vehículo.


Nuestra recomendación

FATEC recomienda:

Para turismos, furgonetas y autocaravanas:
recomendamos montar neumáticos para todas las estaciones homologados por 3PMSF (Michelin, Goodyear, Continental, Bridgestone, Hankook, Pirelli)

Para autocares, autobuses y camiones con o sin remolque:
Recomendamos montar neumáticos de invierno.

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