Equipo de invierno obligatorio
Según el Decreto de aplicación n.º 2020-1264 publicado en el Diario Oficial el 16 de octubre de 2020, los prefectos de los 48 departamentos de “montaña” tienen la facultad de imponer la obligatoriedad de equipar los vehículos con neumáticos, cadenas o calcetines de invierno.
De hecho, para limitar los atascos en las carreteras de las regiones montañosas, pero también mejorar la seguridad de los usuarios, será necesario equipar su vehículo con neumáticos de invierno o cadenas durante el invierno en determinados municipios . El incumplimiento de esta ley puede dar lugar a sanciones importantes.
¿Cuándo se necesitará este equipo?
El decreto entrará en vigor el 1 de noviembre de 2021 y será aplicable para cada período invernal (del 1 de noviembre al 31 de marzo).
- M+S (Mud&Snow) se tolerarán hasta el 1 de noviembre de 2024.
- 3PMSF (3 Peak Mountain Snow Flake) serán obligatorios a partir del 1 de noviembre de 2024 (fin del período transitorio).
Sólo para los neumáticos M+S se concede un período de transición de tres años, es decir, hasta el 1 de noviembre de 2024. Más allá de ese plazo, todos los vehículos afectados que circulen en los municipios designados por los prefectos de los 48 departamentos deberán estar equipados con neumáticos 3PMSF.
El símbolo 3PMSF (3 Peak Mountain Snow Flake) es fácilmente reconocible: un copo de nieve rodeado por 3 picos montañosos (y siempre acompañado del logo de M+S). El marcado 3PMSF es emitido por un laboratorio certificado, lo que garantiza un nivel óptimo de rendimiento y seguridad en la nieve.

¿Dónde se necesitará este equipo?
¡Casi uno de cada dos departamentos se verá afectado!
De hecho, 48 departamentos franceses deberán aplicar esta nueva ley de montaña. Sin embargo, la lista precisa de municipios afectados estará sujeta a una decisión de la prefectura.
Los departamentos afectados son:
Ain, Allier, Alpes de Alta Provenza, Altos Alpes, Alpes Marítimos, Ardèche, Ariège, Aude, Aveyron, Cantal, Corrèze, Côte d'Or, Creuse, Doubs, Drôme, Gard, Alto Garona, Hérault, Isère, Jura, Loira , Alto Loira, Lot, Lozère, Meurthe y Mosela, Mosela, Nièvre, Puy de Dôme, Pirineos Atlánticos, Altos Pirineos, Pirineos Orientales, Bajo Rin, Alto Rin, Ródano, Alto Saona, Saona y Loira, Saboya, Alta Saboya, Tarn , Tarn y Garona, Var, Vaucluse, Alto Vienne, Vosgos, Yonne, Territorio de Belfort, Córcega del Sur y Alta Córcega.

Los vehículos afectados
El listado de vehículos afectados por la Ley de Montaña es el siguiente:
- Para vehículos ligeros, utilitarios y furgonetas camper (M1 y N1):
Obligación de montar 4 neumáticos de invierno O disponer de dispositivos antideslizantes extraíbles (cadenas/calcetines) que permitan montar 2 ruedas motrices. - Para autocares, autobuses y vehículos pesados sin remolque ni semirremolque (M2 y M3 y N2 y N3 sin remolque ni semirremolque):
Obligación de montar neumáticos de invierno en al menos 2 ruedas directrices y 2 ruedas motrices O disponer de cadenas que permitan Debes equipar 2 ruedas motrices. - Para vehículos pesados con remolque o semirremolque (N2 y N3):
Obligación de disponer de cadenas que permitan montar al menos 2 ruedas motrices.

La sanción incurrida por incumplimiento
El incumplimiento de esta ley puede dar lugar a sanciones: multa de 135 € y riesgo de inmovilización del vehículo.
Nuestra recomendación
FATEC recomienda:
Para vehículos ligeros, utilitarios y campers:
Recomendamos la instalación de neumáticos de 4 estaciones homologados 3PMSF (Michelin, Goodyear, Continental, Bridgestone, Hankook, Pirelli)
Para autocares, autobuses y vehículos pesados con o sin remolque:
recomendamos la instalación de neumáticos de invierno